RIO NEGRO: Obras de hasta 5 obreros y profesionales podrán retomar actividades en ciudades y comisiones de fomento
VUELVEN A LA ACTIVIDADPor REDACCIÓN
El gobierno de Río Negro autorizó la realización de obras privadas y la actividad profesional sin atención al público y con «estrictos protocolos sanitarios».
En conferencia de prensa, la gobernadora rionegrina Arabela Carreras, anunció el DNU 408 que abarca a 28 municipios y a comisiones de fomento, entre los que se encuentran todas la ciudades del Valle Inferior y la Costa Atlántica.
A partir de este martes 28/04, se podrán ejercer las «profesiones Independientes», sin atención al público y sujetas a los protocolos y las recomendaciones sanitarias previstas. Se incluye en esta medida a aquellas personas que tengan título de Educación Superior habilitante emitido por instituciones autorizadas, que estén matriculadas en Consejos, Colegios, Círculos o Asociaciones Profesionales, que desarrollen actividades en forma independiente dentro de las incumbencias profesionales reguladas por ley, rigiendo su conducta por un Código de Ética, y que su remuneración sea obtenida bajo la forma de honorarios.
Del mismo modo, están exceptuadas de la cuarentena las personas afectadas al desarrollo de obra privada, con un máximo de hasta 5 obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y representante técnico.
Esta actividad estará sujeta a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que determina el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales, provinciales y locales.
Los gobiernos municipales y las Comisiones de Fomento alcanzados por el Decreto fiscalizarán y supervisarán el debido cumplimiento de las modalidades de trabajo y los protocolos sanitarios que se establezcan.
Las ciudades y localidades alcanzadas por las medidas son: Viedma, Campo Grande, Cervantes, Chichinales, Cinco Saltos, Comallo, Contralmirante Cordero, Coronel Belisle, Darwin, El Bolsón, General Conesa, General Enrique Godoy, Fernández Oro, Guardia Mitre, Ingeniero Jacobacci, Ingeniero Huergo, Los Menucos, Mainqué, Maquinchao, Ñorquinco, Pilcaniyeu, Pomona, Ramos Mexía, Río Colorado, San Antonio Oeste, Sierra Colorada, Sierra Grande y Valcheta.
También se incluye a las 36 comisiones de fomento: Aguada Cecilio, Aguada de Guerra, Aguada Guzmán, Arroyo Los Berros, Arroyo Ventana, Cerro Policía, Cona Niyeu, Comicó, Clemente Onelli, Cubanea, Chelforó, Chipauquil, Colan Conhue, El Caín, El Cuy, El Manso, Laguna Blanca, Mamuel Choique, Mencué, Nahuel Niyeu, Naupa Huen, Ojos de Agua, Paso Flores, Peñas Blancas, Pichi Mahuida, Prahuaniyeu, Pilquiniyeu, Pilquiniyeu del Limay, Rincón Treneta, Río Chico, Fuerte San Javier, Sierra Pailemán, Villa Mascardi, Valle Azul, Villa Llanquín y Yaminue.
Todas las personas que retomen actividades deberán ingresar a la APP de Circulación RN para obtener su permiso y firmar la Declaración Jurada que rige para los exceptuados y se baja del sitio oficial www.rionegro.gov.ar.
Esta autorización se suma a decretos previos que fueron reactivando distintas áreas.
El 18/04, por decisión administrativa de Nación se habilitaron las siguientes:
1. ACTIVIDADES DE COBRANZA DE SERVICIOS E IMPUESTOS.
2. OFICINAS DE RENTAS.
3. ACTIVIDAD REGISTRAL NACIONAL Y PROVINCIAL, CON TURNOS Y GUARDIAS.
4. VENTA DE MERCADERÍA TIPO DELIVERY.
5. ATENCIÓN MÉDICA Y ODONTOLÓGICA PROGRAMADA.
6. LABORATORIOS DE ANÁLISIS CLÍNICOS Y CENTROS DE DIAGNÓSTICO POR IMAGEN, CON TURNOS.
7. ÓPTICAS, CON TURNOS.
8. PERITOS Y LIQUIDADORES DE COMPAÑÍAS ASEGURADORAS.
9. ATENCIÓN DE PERSONAS VÍCTIMAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO.
10. PRODUCCIÓN PARA LA EXPORTACIÓN.
11. PROCESOS INDUSTRIALES ESPECÍFICOS.
El 02/04 ya se habían autorizado las siguientes:
1. VENTA DE INSUMOS Y MATERIALES DE LA CONSTRUCCIÓN PROVISTOS POR CORRALONES.
2. ACTIVIDADES VINCULADAS CON LA PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN FORESTAL Y MINERA.
3. CURTIEMBRES, ASERRADEROS Y FÁBRICAS DE PRODUCTOS DE MADERA, COLCHONES Y MAQUINARIA VIAL Y AGRÍCOLA.
4. COMERCIO EXTERIOR: EXPORTACIONES DE PRODUCTOS ELABORADOS E IMPORTACIONES ESENCIALES.
5. EXPLORACIÓN, PROSPECCIÓN, PRODUCCIÓN, TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE NUCLEAR.
6. SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y FUMIGACIÓN.
7. MUTUALES Y COOPERATIVAS DE CRÉDITO, CON GUARDIAS MÍNIMAS.
8. INSCRIPCIÓN, IDENTIFICACIÓN Y DOCUMENTACIÓN DE PERSONAS.
Y el 20/03 la cuarentena comenzó con las siguientes excepciones:
1. PERSONAL DE SALUD, FUERZAS DE SEGURIDAD, MIGRACIÓN, SERVICIO METEOROLÓGICO, BOMBEROS Y CONTROL TRÁFICO AÉREO.
2. FUNCIONARIOS Y TRABAJADORES ESENCIALES DE GOBIERNOS NACIONAL, PROVINCIALES Y MUNICIPALES.
3. PERSONAL SERVICIO DE JUSTICIA DE TURNO.
4. PERSONAL DIPLOMÁTICO Y CONSULAR EXTRANJERO, DE ORGANISMOS INTERNACIONALES, CRUZ ROJA Y CASCOS BLANCOS.
5. PERSONAS QUE ASISTEN A OTRAS CON DISCAPACIDAD; FAMILIARES CON ASISTENCIA: PERSONAS
MAYORES, NIÑOS Y ADOLESCENTES.
6. ATENCÒN SITUACIÓN DE FUERZA MAYOR.
7. SERVICIOS FUNERARIOS, ENTIERROS Y CREMACIONES.
8. ATENCIÓN DE COMEDORES ESCOLARES, COMUNITARIOS Y MERENDEROS.
9. PERSONAL PARA SERVICIOS DE COMUNICACIÓN.
10. PERSONAL AFECTADO A OBRA PÚBLICA.
11. SUPERMERCADOS MAYORISTAS Y MINORISTAS, Y COMERCIOS MINORISTAS DE PROXIMIDAD, FARMACIAS, FERRETERÍAS, VETERINARIAS y PROVISIÓN DE GARRAFAS.
12. INDUSTRIAS DE ALIMENTACIÓN, SU CADENA PRODUCTIVA E INSUMOS; DE HIGIENE PERSONAL Y
LIMPIEZA; EQUIPAMIENTO MÉDICO, MEDICAMENTOS Y VACUNAS.
13. PRODUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN AGROPECUARIA Y DE PESCA.
14. ACTIVIDADES DE TELECOMUNICACIONES, INTERNET FIJA Y MÓVIL, Y SERVICIOS DIGITALES.
15. ACTIVIDADES IMPOSTERGABLES VINCULADAS CON EL COMERCIO EXTERIOR.
16. RECOLECCIÓN, TRANSPORTE Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, PELIGROSOS Y
PATOGÉNICOS.
17. MANTENIMIENTO DE LOS SERVICIOS BÁSICOS Y DE EMERGENCIAS.
18. TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS, MERCADERÍAS, PETRÓLEO, COMBUSTIBLES Y GLP.
19. REPARTO A DOMICILIO DE ALIMENTOS, MEDICAMENTOS, PRODUCTOS DE HIGIENE, DE LIMPIEZA Y OTROS INSUMOS DE NECESIDAD.
20. SERVICIOS DE LAVANDERÍA.
21. SERVICIOS POSTALES Y DE DISTRIBUCIÓN DE PAQUETERÍA.
22. SERVICIOS ESENCIALES DE VIGILANCIA, LIMPIEZA Y GUARDIA.
23. GUARDIAS MÍNIMAS DE YACIMIENTOS DE PETRÓLEO Y GAS, ENERGÍA ELÉCTRICA, EXPENDEDORAS DE
COMBUSTIBLES Y GENERADORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
24. CASA DE MONEDA, SERVICIOS DE CAJEROS AUTOMÁTICOS, TRANSPORTE DE CAUDALES Y ACTIVIDADES IMPRESCINDIBLES PARA EL BCRA.
Fuente: Gobierno de Rio Negro