RIO NEGRO: Preocupación de inquilinos por la quita de subsidios al gas y electricidad
REGISTRO ON LINEPor emanuel castrillo

El Gobierno Nacional habilitará un registro online para que los usuarios de los servicios de gas y electricidad. Las familias que pueden acceder deberán tener ingresos menores a los $350.000. La Secretaría de Energía aclaro que los inquilinos, es decir quienes no son propietarios del domicilio donde viven y reciben el servicio, también podrán recibir el subsidio.
A través del Decreto 332/2022, la semana pasada, el Gobierno anunció el nuevo régimen de segmentación de subsidios a usuarios residenciales de servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red, que regirá —en forma retroactiva— a partir de junio de 2022. Según las cifras oficiales, el 90% de las usuarias no perderán los subsidios.
Segmento de ingresos altos: Incluyen a quienes tienen ingresos mensuales totales por hogar por un monto superior a $350.000 (algo más al equivalente a 3,5 canastas básicas) o tienen tres o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años, tres o más inmuebles, una embarcación o aeronave o activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
Segmento de ingresos medios: Incluye a quienes tienen ingresos mensuales totales del hogar entre $100.000 y $350.000, poseen hasta dos inmuebles y hasta dos vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
Segmento de menores ingresos: usuarias y usuarios que reúnan alguna de las siguientes condiciones, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar:
– Ingresos netos menores a un valor equivalente a 1 Canasta Básica Total (CBT) para un hogar 2 según el INDEC ($100.000)
– Integrante del hogar con Certificado de Vivienda (ReNaBaP)
– Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM
– Al menos un integrante del hogar que posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur
– Al menos una o un integrante que posea certificado de discapacidad y los integrantes del hogar en conjunto, tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a 1,5 Canastas Básicas Totales ($150.000)
Con todo, no podrán formar parte de este segmento aquellos hogares que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
– Propietarios de dos inmuebles, considerando a las y los integrantes del hogar en conjunto, o
– Propietarios de un vehículo de hasta tres años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).
– Titulares de una o más aeronaves o embarcaciones de lujo
– Titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.







